Derecho de Asociación Sindical como Derecho Fundamental

Martínez y Zuluaga (2004) mencionan que la Corte Constitucional considera al derecho de Asociación y la vinculación que tiene con el Derecho de Asociación, como Derechos Fundamentales dentro de la Constitución por medio de las siguientes sentencias:
La sentencia C-1491/00 considera al derecho de Asociación Sindical, de la siguiente manera:
“El derecho de asociación sindical en Colombia es un derecho fundamental, el cual constituye una modalidad del derecho de libre asociación, como quiera que aquel consiste con la libre voluntad o disposición de los trabajadores para constituir formalmente organizaciones permanentes que los identifique y los una en defensa de los intereses comunes de profesión u oficio, sin autorización previa de carácter administrativo o la injerencia o intervención del estado o de los empleadores, conforme lo consagran los artículos 39 y 55 de la Constitución Política.”
Para la sentencia T-133A/03 la corte define al derecho de asociación así
“El derecho de asociación, consagrado en la constitución política, articulo 38, es un derecho que hace parte de aquellos pertenecientes a las libertades individuales, siendo una prolongación de los derechos a la libertad de expresión, pensamiento y de reunión. Consiste tal garantía en la posibilidad que tiene toda persona de crear o adherirse libremente a una asociación, y a través de la misma desarrollar aquellas actividades para la cual fue creada, siempre y cuando su proceder sea licito.”
A partir de estas dos sentencias se puede identificar el carácter fundamental consagrado dentro de la jurisprudencia Colombiana, y la importancia que tiene dentro de las asociaciones sindicales para defender no solo los valores individuales, sino a los que afectan a un grupo de trabajadores (Martínez y Zuluaga, 2004).
Por medio de la siguiente noticia, se puede identificar a trabajadores de una empresa internacional con franquicias en diferentes ciudades de Colombia, luchando por el derecho que tienen a la libertad de Asociación Sindical.    




Presentado por: Diana Carolina Conde Urrea

Referencias bibliograficas:

Martínez, C. y Zuluaga, M. (2004). Derecho de Asociación Sindical. (Tesis de pregrado). Recuperado de: http://javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere6/DEFINITIVA/TESIS26.pdf

Carlos, J. (2014). “Libertad de Asociación en DHL Colombia”. SNTT: Sindicato Nacional de Trabajadores de Rama, Servicio de la Industria del Transporte y Logística de Colombia. Recuperado de: http://snttdecolombia.org/libertad-de-asociacion-en-dhl-colombia/


Comentarios

  1. La ley 83 concede el reconocimiento legal a los sindicatos en Colombia, convirtiéndose así en una de las bases más importantes para el fortalecimiento de la organización gremial de los trabajadores y la plataforma legal para la garantía de condiciones dignas de trabajo para la clase obrera colombiana, amparado por el Código Sustantivo del Trabajo, siendo este fundamental para proteger los derechos de sus afiliados en la actualidad.

    Un ejemplo de estas asociaciones o agremiaciones empresariales, lo compone la más grande agrupación de empresarios del país: “La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, ANDI”, entidad sin ánimo de lucro que tiene como objetivo fundamental publicar y propiciar los elementos políticos económicos y sociales de un sistema sano, basado en la dignidad de la persona humana, en la democracia política, en la justicia social, en la propiedad privada y en la libertad.

    Por: Sorely García Cortés

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  2. la ley Colombiana otorga el derecho de crear o fundar asociaciones o agremiaciones para defender los intereses al cual pertenecen, de hay nace el derecho a la creación de los sindicatos y asociaciones sindicales que se sujetan al principio de razonabilidad lo que la debe hacer legitima a luz de la Constitución Política.


    Por : Guiovanny Toscano Cely

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  3. El derecho de asociación a pesar que esta respaldado por la constitución política de Colombia argumentando que todas las personas tienen derecho a expresarse libremente, debe tenerse en cuenta que esta libre asociación y expresión no puede pasar por encima de los demás, debe hacerse para el bien común, y no para el individual.

    Nelcy Liliana Villamil Avendaño

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  4. Como se puede observar en la lectura anterior, se reitera la importancia al derecho de la libertad de asociación, que está ligada a la libertad de pensamiento y expresión como lo dicta la Constitución de 1991. En este articulo se evidencia unas imágenes de trabajadores fomentado en varias ciudades(Cartagena, Medellin, Bucaramanga), Colombianas la importancia de formar parte de un Sindicato.

    Adriana García Arboleda.

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