CONVENIO 87 DE LA OIT PERTENECE AL
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD-Implicaciones/CONVENIO 87 DE LA OIT-Asociación
sindical y libertad sindical
La Corte ha
establecido que el Convenio 87 de la OIT forma parte del bloque de
constitucionalidad, lo cual significa que sus normas constituyen un parámetro
para el juicio de constitucionalidad de las normas legales. El Convenio 87, y los
demás convenios de la OIT referidos al derecho de asociación sindical y a la
libertad sindical que forman parte del bloque de constitucionalidad,
constituyen un parámetro complementario del artículo 39 de la Constitución.
1. Proponer La Aprobación De Los Estatutos
De la Asamblea
Constitutiva se elabora acta por escrito, donde se hace constar, el lugar, la
fecha, la hora, la cantidad de participantes, sus generales (nombre, apellidos,
número de documento de identidad, algunos países exigen que se incluya la
nacionalidad, el desarrollo de los trabajos conforme la agenda elaborada, las
decisiones adoptadas por ésta, de manera especial la aprobación de los
estatutos, la designación de la junta directiva y cualquier otro dato que los
interesados juzguen conveniente. El acta constitutiva debe ser firmada por los
miembros fundadores y debe depositarse en el Ministerio o Secretaria de Trabajo
para fines de registro.
2. Elegir La Primera Junta Directiva Del
Sindicato (Personas Que Integrarán Los Órganos De Gobierno Y Quienes Ejecutarán
Las Decisiones De La Asamblea General De Asociados)
El principio de la
libertad sindical en el bloque de constitucionalidad. La importancia de la
autonomía sindical.
A su vez, el
Convenio 87 de la OIT - “Convenio sobre la libertad sindical y la protección
del derecho de sindicalización”, establecen en su primera parte una serie de
normas sobre la libertad sindical. Entre ellas se encuentran:
ARTÍCULO 3.
“1. Las organizaciones de trabajadores
y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos
administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su
administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.
3. En La Asamblea Constitutiva También Se
Elige A Los Integrantes De Los Mecanismos De Fiscalización Y Control
En la asamblea
constitutiva también se elige a los integrantes de los mecanismos de
fiscalización y control, como son los comisarios o fiscales. Si bien la
Asamblea como órgano de máxima dirección del sindicato es la que tiene a cargo
la elección de la directiva, los promotores del sindicato pueden preparar
previo a la asamblea una propuesta donde se planteen posibles candidatos a los
cargos mencionados tomando como base que sus condiciones respondan al perfil de
los cargos señalados y tomando en cuenta su liderazgo y su disponibilidad para
asumir los compromisos propios del cargo. La asamblea decidirá sobre la
propuesta presentada sea de manera integral o por uno o más de sus integrantes.
Referencias
bibliográficas:
Corte Constitucional. Bloque
De Constitucionalidad-Convenios de la OIT. Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-465-08.htm
Consejo Sindical Unitario de América
Central y Caribe. Pasos Para Formar Un Sindicato de Trabajadores/as. Recuperado
de: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---actrav/documents/publication/wcms_174970.pdf
Por:
Sorelly García Cortés
Profesional en Gestión de la Seguridad y
la Salud Laboral
Para crear un sindicato se debe tener en cuenta la reglamentación existente y en común acuerdo se debe escoger quienes representarán a los trabajadores pertenecientes al sindicato y los reglamentos que los regularán. En algunos casos los sindicatos se convierten solo en poder, olvidando el objetivo inicial y es ahí cuando se debe aplicar el reglamento y hacer cumplir lo que quieren los trabajadores.
ResponderBorrarNelcy Liliana Villamil Avendaño
Los miembros de la junta directiva que forman parte de la organización sindical están encargados de ejecutar las decisiones que se toman dentro de la asamblea, de establecer el orden y de informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por medio del acta constitutiva; a partir de esto también dispondrán de los beneficios y garantías que les proporciona el fuero sindical.
ResponderBorrarDiana Carolina Conde Urrea.
Los miembros de la junta directiva y aquellos quienes sean responsables de las actividades del sindicato deberán tener la conciencia del que ? por que? para que? como? para quienes? esta trabajando de otra forma se pierde la conciencia y la labor del sindicato.
ResponderBorrarGuiovanny Toscano Cely
Para la formación del Sindicato dentro de las normas legales, hay que tener en cuenta elaborar un acta por escrito donde conste los participantes con sus cédulas, además de la fecha y el lugar, se especifica en ésta la agenda del día, las decisiones, las aprobaciones, la designación de la junta directiva y algún dato de interés, ésta documento debe ser firmado por los fundadores y luego se lleva a registrar al Ministerio o Secretaría de trabajo.
ResponderBorrarAdriana García Arboleda.
De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución Política los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; éstos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí. 2. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimento de sus deberes, a las normas de éste título y están sometidas a la inspección y vigilancia del Gobierno, en cuanto concierne al orden público.
ResponderBorrarSorely García Cortés