Instructivo Para La Creación De Un Sindicato # 6,7, 8

CONVENIO 87 DE LA OIT PERTENECE AL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD-Implicaciones/CONVENIO 87 DE LA OIT-Asociación sindical y libertad sindical

La Corte ha establecido que el Convenio 87 de la OIT forma parte del bloque de constitucionalidad, lo cual significa que sus normas constituyen un parámetro para el juicio de constitucionalidad de las normas legales. El Convenio 87, y los demás convenios de la OIT referidos al derecho de asociación sindical y a la libertad sindical que forman parte del bloque de constitucionalidad, constituyen un parámetro complementario del artículo 39 de la Constitución.

1.     Proponer La Aprobación De Los Estatutos

De la Asamblea Constitutiva se elabora acta por escrito, donde se hace constar, el lugar, la fecha, la hora, la cantidad de participantes, sus generales (nombre, apellidos, número de documento de identidad, algunos países exigen que se incluya la nacionalidad, el desarrollo de los trabajos conforme la agenda elaborada, las decisiones adoptadas por ésta, de manera especial la aprobación de los estatutos, la designación de la junta directiva y cualquier otro dato que los interesados juzguen conveniente. El acta constitutiva debe ser firmada por los miembros fundadores y debe depositarse en el Ministerio o Secretaria de Trabajo para fines de registro.

2.     Elegir La Primera Junta Directiva Del Sindicato (Personas Que Integrarán Los Órganos De Gobierno Y Quienes Ejecutarán Las Decisiones De La Asamblea General De Asociados)

El principio de la libertad sindical en el bloque de constitucionalidad. La importancia de la autonomía sindical.

A su vez, el Convenio 87 de la OIT - “Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización”, establecen en su primera parte una serie de normas sobre la libertad sindical. Entre ellas se encuentran:

ARTÍCULO 3.

“1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

3.     En La Asamblea Constitutiva También Se Elige A Los Integrantes De Los Mecanismos De Fiscalización Y Control

En la asamblea constitutiva también se elige a los integrantes de los mecanismos de fiscalización y control, como son los comisarios o fiscales. Si bien la Asamblea como órgano de máxima dirección del sindicato es la que tiene a cargo la elección de la directiva, los promotores del sindicato pueden preparar previo a la asamblea una propuesta donde se planteen posibles candidatos a los cargos mencionados tomando como base que sus condiciones respondan al perfil de los cargos señalados y tomando en cuenta su liderazgo y su disponibilidad para asumir los compromisos propios del cargo. La asamblea decidirá sobre la propuesta presentada sea de manera integral o por uno o más de sus integrantes.

Referencias bibliográficas:
Corte Constitucional. Bloque De Constitucionalidad-Convenios de la OIT. Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2008/C-465-08.htm

Consejo Sindical Unitario de América Central y Caribe. Pasos Para Formar Un Sindicato de Trabajadores/as. Recuperado de: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---actrav/documents/publication/wcms_174970.pdf

Por:
Sorelly García Cortés

Profesional en Gestión de la Seguridad y la Salud Laboral

Comentarios

  1. Para crear un sindicato se debe tener en cuenta la reglamentación existente y en común acuerdo se debe escoger quienes representarán a los trabajadores pertenecientes al sindicato y los reglamentos que los regularán. En algunos casos los sindicatos se convierten solo en poder, olvidando el objetivo inicial y es ahí cuando se debe aplicar el reglamento y hacer cumplir lo que quieren los trabajadores.

    Nelcy Liliana Villamil Avendaño

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  2. Los miembros de la junta directiva que forman parte de la organización sindical están encargados de ejecutar las decisiones que se toman dentro de la asamblea, de establecer el orden y de informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por medio del acta constitutiva; a partir de esto también dispondrán de los beneficios y garantías que les proporciona el fuero sindical.

    Diana Carolina Conde Urrea.

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  3. Los miembros de la junta directiva y aquellos quienes sean responsables de las actividades del sindicato deberán tener la conciencia del que ? por que? para que? como? para quienes? esta trabajando de otra forma se pierde la conciencia y la labor del sindicato.

    Guiovanny Toscano Cely

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  4. Para la formación del Sindicato dentro de las normas legales, hay que tener en cuenta elaborar un acta por escrito donde conste los participantes con sus cédulas, además de la fecha y el lugar, se especifica en ésta la agenda del día, las decisiones, las aprobaciones, la designación de la junta directiva y algún dato de interés, ésta documento debe ser firmado por los fundadores y luego se lleva a registrar al Ministerio o Secretaría de trabajo.

    Adriana García Arboleda.

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  5. De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución Política los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; éstos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí. 2. Las asociaciones profesionales o sindicatos deben ajustarse en el ejercicio de sus derechos y cumplimento de sus deberes, a las normas de éste título y están sometidas a la inspección y vigilancia del Gobierno, en cuanto concierne al orden público.

    Sorely García Cortés

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